Devolución o compensación de impuestos ISR, IVA, IEPS.
Devolución de saldos a favor de impuestos
Derivado a las modificaciones a la compensación universal Art. 25 frac. VI de LIF , muchos contribuyentes se ven afectados en sus flujos de efectivo, como alternativa Armenta Contadores te apoya en el análisis, documentación y solicitud de tus saldos a favor.
Para ello es necesario tener claramente los siguientes puntos.
¿Qué es la devolución de saldos a favor de impuestos?
Es el derecho que tienen los contribuyentes de recuperar las cantidades a favor que resulten en sus declaraciones, siempre que se hayan determinado correctamente y conforme a lo previsto en las disposiciones fiscales
¿Quiénes pueden solicitar la devolución?
Las personas físicas y morales que hayan presentado declaraciones con cantidades a favor en algún impuesto, que no hayan compensado o acreditado dichas cantidades al momento de solicitar la devolución, según sea el caso.
¿Cuánto tiempo se tiene para solicitar la devolución de un saldo a favor?
La obligación de la autoridad fiscal de devolver saldos a favor prescribe en un plazo de cinco años a partir de la fecha en que pudo ser legalmente exigida, es decir, en los mismos términos y condiciones en que prescriben los créditos fiscales a cargo de los contribuyentes.
¿Cuánto tarda la devolución?
Esta debe efectuarse dentro del plazo de cuarenta días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente con todos los datos, siempre y cuando se haya cumplido entre otros requisitos, para el caso de depósito en cuenta, con anotar en la solicitud de devolución los datos del banco y el número de cuenta Clabe (clave bancaria estandarizada) para transferencias electrónicas del contribuyente, así como acompañar los informes y documentos necesarios para comprobar la existencia del saldo a favor solicitado en devolución.
No te quedes sin solicitar tus devoluciones, en Armenta Contadores les brindamos apoyo, asesoría o revisión de sus saldos a solicitar en Devolución conforme lo establece la normatividad para Personas Físicas y Personas Morales.
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